Los empleados de las autopistas tendrán el grado de autoridad temporal
La tarea ahora asignada podrán ejercerla en ausencia de los agentes públicos competentes y su versión de los hechos tendrá valor probatorio ante las denuncias.
Según AEA esta competencia está recogida en una modificación de la Ley de Seguridad Vial y de la Ley de Construcción, Conservación y Explotación de las autopistas en régimen de concesión, publicada el pasado 28 de diciembre.
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, ‘esta modificación no se justifica por el hecho de querer evitar el impago de los peajes en las autopistas, para lo cual ya existen hoy medidas legales suficientes, ya que lo que realmente se pretende es abrir, por la puerta de atrás, la posibilidad de cobrar por el uso de unas infraestructuras que los automovilistas ya hemos pagado con creces’.
El club automovilista precisa que la legislación española ya establece mecanismos jurídicos para combatir el impago de los peajes en las autopistas de pago.
En este sentido, dicha acción se considera desde una falta de estafa tipificada en el Código Penal a una infracción administrativa recogida en Reglamento General de Circulación y es sancionable con multas de hasta 100 euros.
La responsabilidad ante estas denuncias será del titular del vehículo, en caso de que no se identifique expresamente al conductor infractor.