El Gobierno aprueba el proyecto que sube a 1.000 euros la multa por conducir bebido
La reforma solo supondrá la subida de la cuantía de la multa, mientras que las tasas máximas de alcohol permitidas no sufrirán variación, ni tampoco los puntos que se detraen del carné en caso de ser multado por dar positivo en la prueba de alcoholemia.
De este modo, la tasa máxima permitida para los conductores en general seguirá siendo de 0,25 miligramos de alcohol por litro en aire expirado, que desciende a los 0,15 para los conductores noveles y para los de transportes de mercancías o de vehículos especiales.
Otro de los aspectos que se regulan en la reforma de la Ley es la obligatoriedad del uso del casco para los menores que circulen en bici, tanto en ciudad como en vías interurbanas.
Precisamente, la polémica suscitada en torno al uso obligatorio o no del casco en ciudad para el resto de los ciclistas ha obligado al Congreso a abrir un debate con expertos para tomar una decisión antes de que se apruebe el Reglamento de Conductores.
La reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial es el paso previo para la aprobación posterior del Reglamento, por lo que éste no entrará en vigor antes de que acabe el año.
Según fuentes de Tráfico, la reforma también prevé la prohibición de los detectores de radar, que llevará aparejada una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carné.
El establecimiento del test de saliva como único método para constatar los niveles de droga al volante y la regulación de los sistema de retención infantil son otras de las medidas que quieren incluirse en la reforma.
Un texto que dejará preparado también el anexo que incluirá el futuro Reglamento con los nuevos límites de velocidad, toda vez que la pretensión de la Dirección General de Tráfico es aumentar el máximo a 130 kilómetros por hora en determinados tramos y condiciones de autovías y autopistas y rebajarlo en las carreteras convencionales e, incluso, en algunas calles de las ciudades.