La CE reitera que ‘nunca’ autorizó la imposición del ‘céntimo sanitario’
‘La CE nunca autorizó esta tasa especial sobre los carburantes’, indicó la portavoz comunitaria de Fiscalidad, Emer Traynor, preguntada sobre el asunto en la rueda de prensa diaria de la CE.
‘Al contrario, la CE expresó reservas sobre la compatibilidad de este impuesto desde el principio y abrió un procedimiento de infracción en 2002’, apuntó.
En su sentencia del jueves, el Tribunal europeo declaró ese impuesto contrario al derecho comunitario y abrió la puerta a la devolución de los cerca de 13.000 millones de euros recaudados en España a través de esa tasa.
El ministro español de Hacienda, Cristóbal Montoro, indicó tras conocerse el fallo que el Gobierno acata la sentencia y consideró que esa decisión no supone una desautorización del Ejecutivo, sino de la Comisión Europea al haberse consultado con ella ese impuesto.
‘El Tribunal de la UE no está desautorizando al Gobierno español, sino a la Comisión Europea, que en su momento fue la que autorizó al Gobierno y a las comunidades autónomas para implantar ese sistema del céntimo sanitario’, comentó en una breve comparecencia ante los periodistas en el Congreso el jueves.
Para la portavoz comunitaria, el dictámen de la corte europea sobre esta tasa ‘está completamente en línea con las opiniones que la CE expresó tanto en el procedimiento de infracción como durante la sentencia preliminar’.
‘Ahora corresponde a los tribunales españoles dar seguimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia’, enfatizó Traynor.
La sentencia considera que la Generalitat catalana y el Gobierno central no han actuado ‘de buena fe’ al mantener el impuesto en vigor durante más de una década, pese a los reiterados avisos de la Comisión Europea sobre su ilegalidad.
El ‘céntimo sanitario’ es un tributo indirecto aplicado por la mayoría de las comunidades autónomas sobre el precio de los carburantes con el objetivo de utilizar estos recursos para intentar solucionar los problemas de liquidez de la sanidad pública.
El impuesto fue aplicado por Madrid a partir del 1 de agosto de 2002; en Asturias y Galicia, desde enero de 2004, y en Cataluña, desde agosto de 2004.
Posteriormente, y a consecuencia de la crisis económica, fueron sumándose la mayor parte de las comunidades restantes.
Aunque esta medida ha contribuido a aumentar los ingresos de aquellas comunidades que lo han aplicado, la medida es impopular, ya que repercute en el consumidor final y se han registrado descensos de consumo en varias autonomías que lo han instaurado.