Coches con sistema de estacionamiento asistido

¿Podrías sacarte el carnet de conducir sin saber aparcar? La DGT contesta que ‘se puede valorar, a criterio del aspirante, obtener un permiso restringido, al igual que ya ocurre para los vehículos automáticos, para la conducción exclusiva de vehículos que cuenten con un sistema de aparcamiento o estacionamiento asistido o semiasistido’.

Siendo más rotundos, sí, sí que habra en un futuro conductores con licencia específica en la que no sea necesario realizar pruebas de maniobra completa de estacionamiento como en los términos actuales.

¿Cómo es posible esto? Se trataría de un marco legal muy similar al que actualmente se utiliza con los conductores con licencia para conducir coches con cambio automático de marchas. Éstos, únicamente pueden conducir este tipo de vehículos, y nunca manuales.

Pero, ¿qué es el sistema de aparcamiento asistido?. Se trata de un asistente que actúa de manera automatizada sobre la dirección y/o el sistema de frenado y aceleración del vehículo y permite realizar la maniobra sin la intervención directa del conductor sobre el volante y/o pedal del freno y acelerador.

Ante el aumento de este número de asistentes en el mercado (de frenada, de mantenimiento de carril, control adaptativo de la velocidad , etc), la DGT publica la instrucción que define qué es el sistema de estacionamiento asistido y cuáles son las condiciones básicas de uso de este avance tecnológico, que son las siguientes:

1) Puede emplearse en vías abiertas al tráfico siempre que se cumplan las condiciones de seguridad establecidas en la normativa del mecanismo de dirección de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y se mantenga la distancia máxima de 15 metros entre la sección de inicio y final de la maniobra.    

2) Siempre que el control de los mandos del vehículo se realiza desde fuera del habitáculo, la maniobra se realizará a una velocidad máxima de 5 km/h y la posición del conductor será tal que le permitirá mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente. En todo caso, la distancia entre el conductor y el vehículo será inferior a cuatro metros.

3) Finalmente, la DGT recuerda que es el conductor el responsable final de la conducción del vehículo.

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