Conducir y alcohol

Se acercan las vacaciones de Navidad, el periodo del año con más trayectos y más largos, y nuevamente se pone el foco sobre las carreteras españolas. Reuniones de amigos, cenas de trabajo o grandes fiestas para dar la bienvenida al nuevo año ponen en alerta a la Dirección General de Tráfico (DGT), que multiplica los controles de alcoholemia en estas fechas tan señaladas. El proyecto inicial del Gobierno planteaba incrementar de los 500 a 1.000 euros en cualquier supuesto en el que el conductor superase los límites establecidos. Finalmente, la Ley de Tráfico aprobada esta semana en la Cámara Baja restringe el aumento de las multas a 1.000 euros en caso de duplicar el límite, que el infractor sea reincidente o que se niegue a realizar el control, en un acuerdo que PP y CiU alcanzaron a última hora.El Congreso suaviza las multas
El Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), según su responsable de Programas de la Fundación, Xavier Ruestes, ha lamentado que la nueva ley “se queda corta” y ha pedido que se implanten tasas de alcohol cero para conductores noveles y profesionales. ‘Tiene que ser un tema importante en los próximos años para reducir la tasa de accidentalidad”, comentó.Se multará con 1.000 euros si la tasa duplica la permitida o el infractor es reincidente
Los límites se mantienen igual.

Conductores en general:

– Superar 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general 6 puntos.

– Entre 0,25 y 0,50 se restarán 4 puntos. 

Casos especiales:

– Superar 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad se restarán 4 puntos. 

– Entre 0,15 y 0,30 mg/l los conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad se restarán 4 puntos

– También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.

Por otra parte, superar los 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro está legislado por el Código Penal. La nueva ley mantiene el castigo con penas de prisión de 3 a 6 meses o la multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.La enmienda de PP y CiU fue apoyada por todos los grupos salvo el PSOE
¿Soluciona el problema de conducir ebrio castigar al bolsillo del infractor? Y si es así, ¿cuánto creéis que debería ser la multa económica? ¿Os parecen suficientes los 500 euros y que sólo en casos muy concretos se incremente la cantidad hasta los 1.000 €? ¿Creéis que hay afán recaudatorio por parte de la Administración y que estos casos siempre, sin excepción, debería ser juzgados por el Código Penal? El debate sobre ‘conducir y alcohol’ sigue dando mucho de que hablar.El proyecto inicial incrementaba subir de 500 a 1.000 euros en todos los casos del positivo

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