Competencia impone 35 millones de euros en multas al sector de alquiler de coches
La CNC explica en un comunicado que el 2 de agosto de 2011 tuvo entrada en la Comisión Nacional de la Competencia la solicitud de exención del pago de la multa presentada por la compañía SOLMAR, por la comisión de una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.
El 12 de enero de 2012, añade la CNC, la Dirección de Investigación de la CNC abrió un expediente sancionador a varias empresas y asociaciones del mercado de ‘rent a car’ por estas prácticas.
Con carácter previo, la Dirección de Investigación de la CNC había procedido a realizar inspecciones en las sedes de estas empresas y asociaciones el 26 de octubre de 2011 y el 11 de enero de 2012.
Después, el pasado 30 de julio, la CNC dicta una resolución en la que considera acreditada la existencia de una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, al existir acuerdos pactados a través de los contactos y las reuniones entre representantes de dichas entidades desde el 27 de mayo de 2005 hasta octubre de 2011.
Estas practicas entran dentro de la definición de cártel, dado que el objeto de los acuerdos consistía en la fijación de precios y de condiciones comerciales, y los acuerdos tuvieron una especial incidencia en Cataluña, Valencia, Andalucía y Baleares.
Los acuerdos adoptados por los miembros del cártel tenían por objeto fijar precios (ya fueran mínimos o directamente un incremento de éstos, así como su mantenimiento en los periodos delimitados) y la misma política comercial respecto al inicio y final de cada temporada (alta, media, baja), como también de los extras y sus precios (recargos por sillas de bebés, conductor adicional, etc.).
Las empresas participantes, asegura la CNC, eran plenamente conscientes de la ilicitud de los acuerdos, pues plantearon un sistema para evitar el control de la Autoridad de Competencia y diseñaron un mecanismo de vigilancia de la ejecución de los acuerdos adoptados por el cártel, centrado en el presidente de la Asociación Empresarial de Coches de Alquiler de Andacucía (AECA).
La CNC considera que todo cártel, por su propia naturaleza, produce un falseamiento significativo de la competencia en el mercado, que beneficia exclusivamente a las empresas participantes en los acuerdos y es sumamente perjudicial para los clientes.
Así el Consejo de la CNC ha resulto imponer las siguientes multas:
– 1.065.562 euros a ALQUILER DE COCHES VICTORIA, S.L.,
– 281.566 euros a AURIGACROWN CAR HIRE, S.L.
– 2.986.326 euros a AUTOMOTIVECARS MÁLAGA, S.L. y solidariamente a su matriz IDAPI.
– 1.469.907 euros a AVIS ALQUILE UN COCHE, S.A. y solidariamente a su matriz AVIS EUROPE OVERSEAS LTD.
– 497.147 euros a BARDON Y RUFO 67, S.L.
– 160.983 euros a CARGEST.
– 5.567.940 euros a CENTAURO RENT-A-CAR, S.L. y su matriz CENTAURO, S.L.
– 332.308 Euros a DICKMANNS RENT A CAR, S.L.
– 103.294 Euros a DRIVALIA CAR RENTAL, S.L.
– 15.456.219 Euros a GOLDCAR SPAIN, S.L. y solidariamente a su matriz GOLDCAR RENTING, S.L.
– 226.732 Euros a GUERIN RENT A CAR, S.L. y solidariamente a su matriz IBERICAR SOCIEDAD IBÉRICA DEL AUTOMÓVIL, S.A.
– 347.483 Euros a HELLE AUTO, S.A.
– 370.535 Euros a NEW CARS COSTA DEL SOL, S.L.
– 614.525 Euros a NIZA CARS, S.L.
– 32.571 Euros a PRIMA RENT A CAR, S.L.
– 4.871.400 Euros a RECORD-GO ALQUILER VACACIONAL, S.A. y solidariamente a su matriz GO DE ALQUILER, S.L.
– 791.958 Euros a SOL MAR ALQUILER DE VEHÍCULOS, S.L.
– 150.000 Euros a la ASOCIACION EMPRESARIAL DE COCHES DE ALQUILER DE ANDALUCÍA (AECA),
– 100.000 Euros a la ASOCIACION DE EMPRESARIOS DE SERVICIOS DE VEHICULOS DE ALQUILER DE ANDALUCÍA (AESVA).
El Consejo de la CNC declara también que SOLMAR reúne los requisitos previstos en la Ley y le exime del pago de la multa por su participación en el cártel.